Capítulo 87: Vehículos automóviles, tractores, partes
256 fracciones · arancel IGI vigente 2026 (TIGIE oficial).
- 8701.10.01Tractores de un solo eje.Ex.
- 8701.20.01Tractores de carretera para semirremolques, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.20.02.20%
- 8701.20.02Usados.50%
- 8701.30.01Tractores de orugas con potencia al volante del motor igual o superior a 105 CP sin exceder de 380 CP, medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora.15%
- 8701.30.99Los demás.Ex.
- 8701.91.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.5%
- 8701.91.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.Ex.
- 8701.91.99Los demás.Ex.
- 8701.92.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.92.02.5%
- 8701.92.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 32 CP.Ex.
- 8701.92.03Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigenteEx.
- 8701.92.99Los demás.Ex.
- 8701.93.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 53 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.5%
- 8701.93.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.Ex.
- 8701.93.99Los demás.Ex.
- 8701.94.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.5%
- 8701.94.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.Ex.
- 8701.94.03Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 140 CP, transmisión manual y tablero de instrumentos analógico, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.Ex.
- 8701.94.04Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 106 CP pero inferior a 140 CP, con cabina con aire acondicionado y transmisión syncroplus o powerquad, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.Ex.
- 8701.94.05Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.Ex.
- 8701.94.99Los demás.Ex.
- 8701.95.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 180 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.5%
- 8701.95.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.Ex.
- 8701.95.99Los demás.Ex.
- 8702.10.05Usados.50%
- 8702.10.99Los demás.20%
- 8702.20.05Usados.50%
- 8702.20.99Los demás.20%
- 8702.30.05Usados.50%
- 8702.30.99Los demás.20%
- 8702.40.01Trolebuses, excepto usados.Ex.
- 8702.40.02Eléctricos, excepto usados.Ex.
- 8702.40.06Usados.50%
- 8702.40.07Trolebuses usados.15%
- 8702.40.99SUPRIMIDA.—
- 8702.90.01Trolebuses, excepto usados.Ex.
- 8702.90.06Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8702.90.08.50%
- 8702.90.08Trolebuses usados.15%
- 8702.90.99Los demás.20%
- 8703.10.04Vehículos especialmente concebidos para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares.15%
- 8703.21.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15%
- 8703.21.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.21.01.50%
- 8703.21.99Los demás.20%
- 8703.22.01De cilindrada superior a 1,000 cm³ pero inferior o igual a 1,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.22.02.20%
- 8703.22.02Usados.50%
- 8703.23.01De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 3,000 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.23.02.20%
- 8703.23.02Usados.50%
- 8703.24.01De cilindrada superior a 3,000 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.24.02.20%
- 8703.24.02Usados.50%
- 8703.31.01De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.31.02.20%
- 8703.31.02Usados.50%
- 8703.32.01De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 2,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.32.02.20%
- 8703.32.02Usados.50%
- 8703.33.01De cilindrada superior a 2,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.33.02.20%
- 8703.33.02Usados.50%
- 8703.40.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica y lo comprendido en las fracciones arancelarias 8703.40.02 y 8703.40.03.20%
- 8703.40.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.40.03.50%
- 8703.40.03Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15%
- 8703.50.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica y lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.50.02.20%
- 8703.50.02Usados.50%
- 8703.60.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8703.60.02 y 8703.60.03.20%
- 8703.60.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.60.03.50%
- 8703.60.03Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15%
- 8703.70.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.70.02.20%
- 8703.70.02Usados.50%
- 8703.80.01Eléctricos, excepto usados.202650%
- 8703.80.02Usados.15%
- 8703.90.02Usados.50%
- 8703.90.99Los demás.20%
- 8704.10.02Volquetes automotores concebidos para utilizarlos fuera de la red de carreteras.Ex.
- 8704.21.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5%
- 8704.21.04Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.50%
- 8704.21.99Los demás.202650%
- 8704.22.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5%
- 8704.22.07Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.22.01.50%
- 8704.22.99Los demás.20%
- 8704.23.01Acarreadores de escoria.5%
- 8704.23.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.23.01.50%
- 8704.23.99Los demás.20%
- 8704.31.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5%
- 8704.31.02Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.15%
- 8704.31.05Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8704.31.01 y 8704.31.02.50%
- 8704.31.99Los demás.202650%
- 8704.32.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.5%
- 8704.32.07Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.32.01.50%
- 8704.32.99Los demás.20%
- 8704.90.01Eléctricos, excepto usadosEx.
- 8704.90.99Los demás.15%
- 8705.10.01Camiones-grúa.15%
- 8705.20.01Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.5%
- 8705.20.99Los demás.15%
- 8705.30.01Camiones de bomberos.5%
- 8705.40.01Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8705.40.02.20%
- 8705.40.02Usados.50%
- 8705.90.01Con equipos especiales para el aseo de calles.Ex.
- 8705.90.02Para aplicación de fertilizantes fluidos.Ex.
- 8705.90.99Los demás.15%
- 8706.00.01Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm³, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 CP (15 kW).Ex.
- 8706.00.99Los demás.202625%
- 8707.10.02De vehículos de la partida 87.03.Ex.
- 8707.90.02Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.202635%
- 8707.90.99Las demás.Ex.
- 8708.10.01Defensas para trolebuses.20267%
- 8708.10.02Defensas reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas.Ex.
- 8708.10.03Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.202625%
- 8708.10.99Los demás.202610%
- 8708.21.01Cinturones de seguridad.Ex.
- 8708.29.01Guardafangos.Ex.
- 8708.29.02Capots (cofres).Ex.
- 8708.29.03Estribos.Ex.
- 8708.29.04Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, sombrereras, incluso acojinadas.Ex.
- 8708.29.05Para trolebuses.Ex.
- 8708.29.06Para tractores de ruedas.202636%
- 8708.29.07Parrillas de adorno y protección para radiador.Ex.
- 8708.29.08Biseles.Ex.
- 8708.29.09Tapas de cajuelas portaequipajes.Ex.
- 8708.29.10Marcos para cristales.202625%
- 8708.29.11Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco.202625%
- 8708.29.12Soportes o armazones para acojinados.Ex.
- 8708.29.13Reconocibles como concebidos exclusivamente para capots (cofres).Ex.
- 8708.29.16Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.Ex.
- 8708.29.17Juntas preformadas para carrocería.Ex.
- 8708.29.18Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Ex.
- 8708.29.19Ensambles de puertas.Ex.
- 8708.29.20Partes troqueladas para carrocería.202625%
- 8708.29.22Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.5%
- 8708.29.23Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad.202625%
- 8708.29.24Dispositivos interiores (consolas), reconocibles como concebidos exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas, aún cuando se presenten con palancas al piso para cambios de velocidades.Ex.
- 8708.29.99Los demás.202635%
- 8708.30.01Para trolebuses.20267%
- 8708.30.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores de ruedas.Ex.
- 8708.30.04Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.30.01, 8708.30.02 y lo reconocido como exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.202625%
- 8708.30.06Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor.Ex.
- 8708.30.08Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.202625%
- 8708.30.09Cilindros maestros para mecanismos de frenos.5%
- 8708.30.10Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.30.06.5%
- 8708.30.11Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.5%
- 8708.30.99Los demás.Ex.
- 8708.40.01Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.Ex.
- 8708.40.02Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg.Ex.
- 8708.40.03Cajas de velocidades automáticas.Ex.
- 8708.40.04Cajas de velocidades mecánicas con peso igual o superior a 120 kg.Ex.
- 8708.40.05Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Ex.
- 8708.40.07Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto engranes.Ex.
- 8708.40.08Forja de flecha, para ser utilizada en cajas de velocidad de uso automotriz.202635%
- 8708.40.99Las demás.202625%
- 8708.50.01Para trolebuses.20267%
- 8708.50.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.Ex.
- 8708.50.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Ex.
- 8708.50.04Ejes con diferencial traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.Ex.
- 8708.50.05Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.08.5%
- 8708.50.06Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.08.Ex.
- 8708.50.07Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.06 y 8708.50.08.5%
- 8708.50.08Los demás ejes con diferencial reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.05.Ex.
- 8708.50.09Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8708.50.08.Ex.
- 8708.50.10Ejes portadores delanteros, y sus partes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.13.Ex.
- 8708.50.13Ejes portadores reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.202625%
- 8708.50.14Vigas, muñones, brazos en forja para ejes delanteros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).Ex.
- 8708.50.15Corona en forja para ejes traseros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).202625%
- 8708.50.16Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).Ex.
- 8708.50.18Forjas para la fabricación de flechas de velocidad constante (homocinéticas).202625%
- 8708.50.20Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.22 y 8708.50.23.5%
- 8708.50.22Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU).202625%
- 8708.50.23Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones ("Geromatic").202625%
- 8708.50.24Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.202625%
- 8708.50.25Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).202625%
- 8708.50.26Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga.202625%
- 8708.50.27Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Ex.
- 8708.50.28Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).202625%
- 8708.50.29Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).202625%
- 8708.50.30Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).202625%
- 8708.50.99Los demás.202625%
- 8708.70.06Tapones o polveras y arillos para ruedas, excepto las reconocidas como concebidas exclusivamente para trolebuses y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.5%
- 8708.70.99Los demás.Ex.
- 8708.80.01Para trolebuses.Ex.
- 8708.80.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.Ex.
- 8708.80.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Ex.
- 8708.80.04Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts").5%
- 8708.80.05Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.Ex.
- 8708.80.06Horquillas de levante hidráulico.202625%
- 8708.80.07Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.5%
- 8708.80.08Partes componentes de barras de torsión.5%
- 8708.80.09Barras de torsión.202625%
- 8708.80.10Rótulas, para el sistema de suspensión delantera.5%
- 8708.80.11Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para amortiguadores.5%
- 8708.80.12Bujes para suspensión.202625%
- 8708.80.99Los demás.5%
- 8708.91.01Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.202635%
- 8708.91.02Aspas para radiadores.202625%
- 8708.91.03Radiadores de aceites lubricantes para motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel).202625%
- 8708.91.99Los demás.5%
- 8708.92.03Silenciadores y tubos (caños) de escape; sus partes.Ex.
- 8708.93.05Embragues y sus partes.Ex.
- 8708.94.12Volantes, columnas y cajas de dirección; sus partes.Ex.
- 8708.95.02Bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado (airbag); sus partes.20267%
- 8708.99.04Tanques de combustible, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.5%
- 8708.99.07Bastidores ("chasis"), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.5%
- 8708.99.08Perchas o columpios, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.202625%
- 8708.99.09Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.202625%
- 8708.99.99Los demás.Ex.
- 8709.11.01Eléctricas.Ex.
- 8709.19.99Las demás.Ex.
- 8709.90.01Partes.Ex.
- 8710.00.01Tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate, incluso con su armamento; sus partes.5%
- 8711.10.03Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada inferior o igual a 50 cm³.202625%
- 8711.20.05Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 50 cm³ pero inferior o igual a 250 cm³.202625%
- 8711.30.04Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 250 cm³ pero inferior o igual a 500 cm³.202625%
- 8711.40.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.202625%
- 8711.40.02Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 500 cm³ pero inferior o igual a 550 cm³, ensamblado o sin ensamblar.202625%
- 8711.40.99Los demás.202625%
- 8711.50.03Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 800 cm³.202625%
- 8711.60.01Propulsados con motor eléctrico.202625%
- 8711.90.01Sidecares para motociclos y velocípedos de cualquier clase, presentados aisladamente.Ex.
- 8711.90.99Los demás.15%
- 8712.00.05Bicicletas y demás velocípedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor.202635%
- 8713.10.01Sin mecanismo de propulsión.Ex.
- 8713.90.99Los demás.Ex.
- 8714.10.01Sillines (asientos).Ex.
- 8714.10.02Reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas con capacidad de cilindrada igual o superior a 550 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8714.10.01.Ex.
- 8714.10.03Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8714.10.02.5%
- 8714.10.99Los demás.Ex.
- 8714.20.01De sillones de ruedas y demás vehículos para personas con discapacidad.Ex.
- 8714.91.01Cuadros y horquillas, y sus partes.202635%
- 8714.92.01Llantas y radios.Ex.
- 8714.93.01Bujes sin frenos y piñones libres.Ex.
- 8714.94.01Masas de freno de contra pedal.5%
- 8714.94.99Los demás.Ex.
- 8714.95.01Sillines (asientos).Ex.
- 8714.96.01Pedales y mecanismos de pedal, y sus partes.Ex.
- 8714.99.99Los demás.Ex.
- 8715.00.01Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños.10%
- 8715.00.02Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8715.00.01.5%
- 8716.10.01Remolques y semirremolques para vivienda o acampar, del tipo caravana.15%
- 8716.20.04Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso agrícola.15%
- 8716.31.03Cisternas.15%
- 8716.39.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para el transporte de lanchas, yates y veleros de más de 4.5 m de eslora.Ex.
- 8716.39.04Remolques tipo plataformas modulares con ejes direccionales, incluso con sección de puente transportador, acoplamientos hidráulicos y/o cuello de ganso y/o motor de accionamiento hidráulico del equipo.202635%
- 8716.39.08Remolques o semirremolques de dos pisos, reconocibles como concebidos exclusivamente para transportar ganado bovino.Ex.
- 8716.39.99Los demás.202635%
- 8716.40.99Los demás remolques y semirremolques.15%
- 8716.80.03Carretillas, reconocibles como concebidas para ser utilizadas en la construcción o en la albañilería.15%
- 8716.80.99Los demás.15%
- 8716.90.03"Conchas" reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8716.80.03.5%
- 8716.90.99Los demás.202625%
- 8703.22.99Los demás.202650%
- 8703.23.99Los demás.202650%
- 8703.24.99Los demás.202650%
- 8703.32.99Los demás.202650%
- 8703.33.99Los demás.202650%
- 8703.40.99Los demás.202650%
- 8703.60.99Los demás.202650%
- 8704.41.99Los demás.202650%
- 8704.51.99Los demás.202650%
- 8704.60.02Eléctricos, excepto usados.202650%
- 8716.40.91Los demás remolques y semirremolques.202635%
- 8708.22.01Parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.202610%