Capítulo 87 TIGIE: Vehículos automóviles, tractores, partes
Consulta las 256 fracciones arancelarias de este capítulo, su IGI general vigente en 2026, los NICO disponibles y qué tasas cambiaron con la reforma arancelaria.
Fracciones TIGIE
256
Consulta por código y descripción
Rango IGI ad valorem
0%–50%
Tasa general; puede variar por origen
Exentas de IGI
89
Fracciones con tasa general 0%
Cambios 2026
66
Fracciones modificadas en el dataset
Respuesta rápida sobre el capítulo 87
El capítulo identifica una familia amplia de mercancías; no basta por sí solo para declarar una importación. Abre la fracción de 8 dígitos que mejor corresponda al producto y revisa después el NICO, el origen, las regulaciones no arancelarias y la evidencia técnica. El IGI mostrado es la tasa general: un tratado aplicable puede dar trato preferencial si se cumplen sus reglas de origen.
66 fracciones de este capítulo cambiaron en 2026. Están marcadas en la lista para que puedas abrir el detalle, comparar la tasa anterior y consultar la fuente DOF.
Listado TIGIE 2026
Fracciones del capítulo 87
IGI general · abre una ficha para ver NICO y contexto
- 8701.10.01Tractores de un solo eje.IGI Ex.
- 8701.20.01Tractores de carretera para semirremolques, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.20.02.IGI 20%
- 8701.20.02Usados.IGI 50%
- 8701.30.01Tractores de orugas con potencia al volante del motor igual o superior a 105 CP sin exceder de 380 CP, medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora.IGI 15%
- 8701.30.99Los demás.IGI Ex.
- 8701.91.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI 5%
- 8701.91.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI Ex.
- 8701.91.99Los demás.IGI Ex.
- 8701.92.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.92.02.IGI 5%
- 8701.92.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 32 CP.IGI Ex.
- 8701.92.03Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigenteIGI Ex.
- 8701.92.99Los demás.IGI Ex.
- 8701.93.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 53 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI 5%
- 8701.93.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI Ex.
- 8701.93.99Los demás.IGI Ex.
- 8701.94.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.IGI 5%
- 8701.94.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI Ex.
- 8701.94.03Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 140 CP, transmisión manual y tablero de instrumentos analógico, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.IGI Ex.
- 8701.94.04Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia igual o superior a 106 CP pero inferior a 140 CP, con cabina con aire acondicionado y transmisión syncroplus o powerquad, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02.IGI Ex.
- 8701.94.05Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04.IGI Ex.
- 8701.94.99Los demás.IGI Ex.
- 8701.95.01Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 180 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI 5%
- 8701.95.02Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.IGI Ex.
- 8701.95.99Los demás.IGI Ex.
- 8702.10.05Usados.IGI 50%
- 8702.10.99Los demás.IGI 20%
- 8702.20.05Usados.IGI 50%
- 8702.20.99Los demás.IGI 20%
- 8702.30.05Usados.IGI 50%
- 8702.30.99Los demás.IGI 20%
- 8702.40.01Trolebuses, excepto usados.IGI Ex.
- 8702.40.02Eléctricos, excepto usados.IGI Ex.
- 8702.40.06Usados.IGI 50%
- 8702.40.07Trolebuses usados.IGI 15%
- 8702.40.99SUPRIMIDA.IGI —
- 8702.90.01Trolebuses, excepto usados.IGI Ex.
- 8702.90.06Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8702.90.08.IGI 50%
- 8702.90.08Trolebuses usados.IGI 15%
- 8702.90.99Los demás.IGI 20%
- 8703.10.04Vehículos especialmente concebidos para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares.IGI 15%
- 8703.21.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.IGI 15%
- 8703.21.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.21.01.IGI 50%
- 8703.21.99Los demás.IGI 20%
- 8703.22.01De cilindrada superior a 1,000 cm³ pero inferior o igual a 1,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.22.02.IGI 20%
- 8703.22.02Usados.IGI 50%
- 8703.23.01De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 3,000 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.23.02.IGI 20%
- 8703.23.02Usados.IGI 50%
- 8703.24.01De cilindrada superior a 3,000 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.24.02.IGI 20%
- 8703.24.02Usados.IGI 50%
- 8703.31.01De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.31.02.IGI 20%
- 8703.31.02Usados.IGI 50%
- 8703.32.01De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 2,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.32.02.IGI 20%
- 8703.32.02Usados.IGI 50%
- 8703.33.01De cilindrada superior a 2,500 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.33.02.IGI 20%
- 8703.33.02Usados.IGI 50%
- 8703.40.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica y lo comprendido en las fracciones arancelarias 8703.40.02 y 8703.40.03.IGI 20%
- 8703.40.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.40.03.IGI 50%
- 8703.40.03Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.IGI 15%
- 8703.50.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica y lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.50.02.IGI 20%
- 8703.50.02Usados.IGI 50%
- 8703.60.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8703.60.02 y 8703.60.03.IGI 20%
- 8703.60.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.60.03.IGI 50%
- 8703.60.03Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.IGI 15%
- 8703.70.01Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.70.02.IGI 20%
- 8703.70.02Usados.IGI 50%
- 8703.80.01Eléctricos, excepto usados.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.80.02Usados.IGI 15%
- 8703.90.02Usados.IGI 50%
- 8703.90.99Los demás.IGI 20%
- 8704.10.02Volquetes automotores concebidos para utilizarlos fuera de la red de carreteras.IGI Ex.
- 8704.21.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.IGI 5%
- 8704.21.04Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01.IGI 50%
- 8704.21.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8704.22.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.IGI 5%
- 8704.22.07Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.22.01.IGI 50%
- 8704.22.99Los demás.IGI 20%
- 8704.23.01Acarreadores de escoria.IGI 5%
- 8704.23.02Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.23.01.IGI 50%
- 8704.23.99Los demás.IGI 20%
- 8704.31.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.IGI 5%
- 8704.31.02Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.IGI 15%
- 8704.31.05Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8704.31.01 y 8704.31.02.IGI 50%
- 8704.31.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8704.32.01Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.IGI 5%
- 8704.32.07Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.32.01.IGI 50%
- 8704.32.99Los demás.IGI 20%
- 8704.90.01Eléctricos, excepto usadosIGI Ex.
- 8704.90.99Los demás.IGI 15%
- 8705.10.01Camiones-grúa.IGI 15%
- 8705.20.01Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.IGI 5%
- 8705.20.99Los demás.IGI 15%
- 8705.30.01Camiones de bomberos.IGI 5%
- 8705.40.01Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8705.40.02.IGI 20%
- 8705.40.02Usados.IGI 50%
- 8705.90.01Con equipos especiales para el aseo de calles.IGI Ex.
- 8705.90.02Para aplicación de fertilizantes fluidos.IGI Ex.
- 8705.90.99Los demás.IGI 15%
- 8706.00.01Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm³, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 CP (15 kW).IGI Ex.
- 8706.00.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
- 8707.10.02De vehículos de la partida 87.03.IGI Ex.
- 8707.90.02Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.Cambio 2026IGI 35%
- 8707.90.99Las demás.IGI Ex.
- 8708.10.01Defensas para trolebuses.Cambio 2026IGI 7%
- 8708.10.02Defensas reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas.IGI Ex.
- 8708.10.03Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.10.99Los demás.Cambio 2026IGI 10%
- 8708.21.01Cinturones de seguridad.IGI Ex.
- 8708.29.01Guardafangos.IGI Ex.
- 8708.29.02Capots (cofres).IGI Ex.
- 8708.29.03Estribos.IGI Ex.
- 8708.29.04Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, sombrereras, incluso acojinadas.IGI Ex.
- 8708.29.05Para trolebuses.IGI Ex.
- 8708.29.06Para tractores de ruedas.Cambio 2026IGI 36%
- 8708.29.07Parrillas de adorno y protección para radiador.IGI Ex.
- 8708.29.08Biseles.IGI Ex.
- 8708.29.09Tapas de cajuelas portaequipajes.IGI Ex.
- 8708.29.10Marcos para cristales.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.29.11Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.29.12Soportes o armazones para acojinados.IGI Ex.
- 8708.29.13Reconocibles como concebidos exclusivamente para capots (cofres).IGI Ex.
- 8708.29.16Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico.IGI Ex.
- 8708.29.17Juntas preformadas para carrocería.IGI Ex.
- 8708.29.18Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI Ex.
- 8708.29.19Ensambles de puertas.IGI Ex.
- 8708.29.20Partes troqueladas para carrocería.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.29.22Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.IGI 5%
- 8708.29.23Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.29.24Dispositivos interiores (consolas), reconocibles como concebidos exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas, aún cuando se presenten con palancas al piso para cambios de velocidades.IGI Ex.
- 8708.29.99Los demás.Cambio 2026IGI 35%
- 8708.30.01Para trolebuses.Cambio 2026IGI 7%
- 8708.30.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores de ruedas.IGI Ex.
- 8708.30.04Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.30.01, 8708.30.02 y lo reconocido como exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.30.06Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor.IGI Ex.
- 8708.30.08Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.30.09Cilindros maestros para mecanismos de frenos.IGI 5%
- 8708.30.10Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.30.06.IGI 5%
- 8708.30.11Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.IGI 5%
- 8708.30.99Los demás.IGI Ex.
- 8708.40.01Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.IGI Ex.
- 8708.40.02Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg.IGI Ex.
- 8708.40.03Cajas de velocidades automáticas.IGI Ex.
- 8708.40.04Cajas de velocidades mecánicas con peso igual o superior a 120 kg.IGI Ex.
- 8708.40.05Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI Ex.
- 8708.40.07Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto engranes.IGI Ex.
- 8708.40.08Forja de flecha, para ser utilizada en cajas de velocidad de uso automotriz.Cambio 2026IGI 35%
- 8708.40.99Las demás.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.01Para trolebuses.Cambio 2026IGI 7%
- 8708.50.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.IGI Ex.
- 8708.50.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI Ex.
- 8708.50.04Ejes con diferencial traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.IGI Ex.
- 8708.50.05Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.08.IGI 5%
- 8708.50.06Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.08.IGI Ex.
- 8708.50.07Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.06 y 8708.50.08.IGI 5%
- 8708.50.08Los demás ejes con diferencial reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.05.IGI Ex.
- 8708.50.09Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8708.50.08.IGI Ex.
- 8708.50.10Ejes portadores delanteros, y sus partes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.13.IGI Ex.
- 8708.50.13Ejes portadores reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.14Vigas, muñones, brazos en forja para ejes delanteros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).IGI Ex.
- 8708.50.15Corona en forja para ejes traseros de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.16Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras).IGI Ex.
- 8708.50.18Forjas para la fabricación de flechas de velocidad constante (homocinéticas).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.20Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.22 y 8708.50.23.IGI 5%
- 8708.50.22Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.23Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones ("Geromatic").Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.24Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.25Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.26Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.27Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).IGI Ex.
- 8708.50.28Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.29Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.30Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.50.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.70.06Tapones o polveras y arillos para ruedas, excepto las reconocidas como concebidas exclusivamente para trolebuses y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI 5%
- 8708.70.99Los demás.IGI Ex.
- 8708.80.01Para trolebuses.IGI Ex.
- 8708.80.02Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.IGI Ex.
- 8708.80.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI Ex.
- 8708.80.04Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts").IGI 5%
- 8708.80.05Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.IGI Ex.
- 8708.80.06Horquillas de levante hidráulico.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.80.07Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.IGI 5%
- 8708.80.08Partes componentes de barras de torsión.IGI 5%
- 8708.80.09Barras de torsión.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.80.10Rótulas, para el sistema de suspensión delantera.IGI 5%
- 8708.80.11Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para amortiguadores.IGI 5%
- 8708.80.12Bujes para suspensión.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.80.99Los demás.IGI 5%
- 8708.91.01Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.95.01 y 8701.94.05.Cambio 2026IGI 35%
- 8708.91.02Aspas para radiadores.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.91.03Radiadores de aceites lubricantes para motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel).Cambio 2026IGI 25%
- 8708.91.99Los demás.IGI 5%
- 8708.92.03Silenciadores y tubos (caños) de escape; sus partes.IGI Ex.
- 8708.93.05Embragues y sus partes.IGI Ex.
- 8708.94.12Volantes, columnas y cajas de dirección; sus partes.IGI Ex.
- 8708.95.02Bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado (airbag); sus partes.Cambio 2026IGI 7%
- 8708.99.04Tanques de combustible, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI 5%
- 8708.99.07Bastidores ("chasis"), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.IGI 5%
- 8708.99.08Perchas o columpios, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.99.09Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01.Cambio 2026IGI 25%
- 8708.99.99Los demás.IGI Ex.
- 8709.11.01Eléctricas.IGI Ex.
- 8709.19.99Las demás.IGI Ex.
- 8709.90.01Partes.IGI Ex.
- 8710.00.01Tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate, incluso con su armamento; sus partes.IGI 5%
- 8711.10.03Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada inferior o igual a 50 cm³.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.20.05Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 50 cm³ pero inferior o igual a 250 cm³.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.30.04Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 250 cm³ pero inferior o igual a 500 cm³.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.40.01Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.40.02Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 500 cm³ pero inferior o igual a 550 cm³, ensamblado o sin ensamblar.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.40.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.50.03Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 800 cm³.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.60.01Propulsados con motor eléctrico.Cambio 2026IGI 25%
- 8711.90.01Sidecares para motociclos y velocípedos de cualquier clase, presentados aisladamente.IGI Ex.
- 8711.90.99Los demás.IGI 15%
- 8712.00.05Bicicletas y demás velocípedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor.Cambio 2026IGI 35%
- 8713.10.01Sin mecanismo de propulsión.IGI Ex.
- 8713.90.99Los demás.IGI Ex.
- 8714.10.01Sillines (asientos).IGI Ex.
- 8714.10.02Reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas con capacidad de cilindrada igual o superior a 550 cm³, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8714.10.01.IGI Ex.
- 8714.10.03Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8714.10.02.IGI 5%
- 8714.10.99Los demás.IGI Ex.
- 8714.20.01De sillones de ruedas y demás vehículos para personas con discapacidad.IGI Ex.
- 8714.91.01Cuadros y horquillas, y sus partes.Cambio 2026IGI 35%
- 8714.92.01Llantas y radios.IGI Ex.
- 8714.93.01Bujes sin frenos y piñones libres.IGI Ex.
- 8714.94.01Masas de freno de contra pedal.IGI 5%
- 8714.94.99Los demás.IGI Ex.
- 8714.95.01Sillines (asientos).IGI Ex.
- 8714.96.01Pedales y mecanismos de pedal, y sus partes.IGI Ex.
- 8714.99.99Los demás.IGI Ex.
- 8715.00.01Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños.IGI 10%
- 8715.00.02Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8715.00.01.IGI 5%
- 8716.10.01Remolques y semirremolques para vivienda o acampar, del tipo caravana.IGI 15%
- 8716.20.04Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso agrícola.IGI 15%
- 8716.31.03Cisternas.IGI 15%
- 8716.39.03Reconocibles como concebidos exclusivamente para el transporte de lanchas, yates y veleros de más de 4.5 m de eslora.IGI Ex.
- 8716.39.04Remolques tipo plataformas modulares con ejes direccionales, incluso con sección de puente transportador, acoplamientos hidráulicos y/o cuello de ganso y/o motor de accionamiento hidráulico del equipo.Cambio 2026IGI 35%
- 8716.39.08Remolques o semirremolques de dos pisos, reconocibles como concebidos exclusivamente para transportar ganado bovino.IGI Ex.
- 8716.39.99Los demás.Cambio 2026IGI 35%
- 8716.40.99Los demás remolques y semirremolques.IGI 15%
- 8716.80.03Carretillas, reconocibles como concebidas para ser utilizadas en la construcción o en la albañilería.IGI 15%
- 8716.80.99Los demás.IGI 15%
- 8716.90.03"Conchas" reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8716.80.03.IGI 5%
- 8716.90.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
- 8703.22.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.23.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.24.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.32.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.33.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.40.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8703.60.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8704.41.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8704.51.99Los demás.Cambio 2026IGI 50%
- 8704.60.02Eléctricos, excepto usados.Cambio 2026IGI 50%
- 8716.40.91Los demás remolques y semirremolques.Cambio 2026IGI 35%
- 8708.22.01Parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.Cambio 2026IGI 10%
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Fuente: TIGIE oficial publicada por SNICE. Esta página es orientativa; la clasificación definitiva corresponde a tu agente aduanal y a la autoridad (SAT/ANAM).