Capítulo 58 TIGIE: Tejidos especiales; encajes; tapicería
Consulta las 44 fracciones arancelarias de este capítulo, su IGI general vigente en 2026, los NICO disponibles y qué tasas cambiaron con la reforma arancelaria.
Fracciones TIGIE
44
Consulta por código y descripción
Rango IGI ad valorem
0%–35%
Tasa general; puede variar por origen
Exentas de IGI
1
Fracciones con tasa general 0%
Cambios 2026
23
Fracciones modificadas en el dataset
Respuesta rápida sobre el capítulo 58
El capítulo identifica una familia amplia de mercancías; no basta por sí solo para declarar una importación. Abre la fracción de 8 dígitos que mejor corresponda al producto y revisa después el NICO, el origen, las regulaciones no arancelarias y la evidencia técnica. El IGI mostrado es la tasa general: un tratado aplicable puede dar trato preferencial si se cumplen sus reglas de origen.
23 fracciones de este capítulo cambiaron en 2026. Están marcadas en la lista para que puedas abrir el detalle, comparar la tasa anterior y consultar la fuente DOF.
Listado TIGIE 2026
Fracciones del capítulo 58
IGI general · abre una ficha para ver NICO y contexto
- 5801.10.01De lana o pelo fino.Cambio 2026IGI 25%
- 5801.21.01Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.IGI 10%
- 5801.22.01Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").IGI 10%
- 5801.23.01Los demás terciopelos y felpas por trama.IGI 10%
- 5801.26.01Tejidos de chenilla.Cambio 2026IGI 25%
- 5801.27.01Terciopelo y felpa por urdimbre.Cambio 2026IGI 25%
- 5801.31.01Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.IGI 10%
- 5801.32.01Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").IGI 10%
- 5801.33.01Los demás terciopelos y felpas por trama.IGI 10%
- 5801.36.01Tejidos de chenilla.IGI 10%
- 5801.37.01Terciopelo y felpa por urdimbre.IGI 10%
- 5801.90.01De las demás materias textiles.IGI 10%
- 5802.11.01Crudos.IGI 10%
- 5802.19.99Los demás.IGI 20%
- 5802.20.01Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.IGI 10%
- 5802.30.01Superficies textiles con mechón insertado.IGI 10%
- 5803.00.05Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.Cambio 2026IGI 25%
- 5804.10.01Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.Cambio 2026IGI 15%
- 5804.21.01De fibras sintéticas o artificiales.Cambio 2026IGI 35%
- 5804.29.01De las demás materias textiles.IGI 10%
- 5804.30.01Encajes hechos a mano.IGI 10%
- 5805.00.01Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point”, de punto de cruz), incluso confeccionadas.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.10.01De seda.IGI Ex.
- 5806.10.99Las demás.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.20.01De seda.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.20.99Las demás.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.31.01De algodón.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.32.01De fibras sintéticas o artificiales.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.39.01De seda.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.39.99Las demás.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.40.01De seda.Cambio 2026IGI 25%
- 5806.40.99Las demás.Cambio 2026IGI 25%
- 5807.10.01Tejidos.IGI 10%
- 5807.90.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
- 5808.10.01Trenzas en pieza.Cambio 2026IGI 25%
- 5808.90.99Los demás.IGI 10%
- 5809.00.01Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.Cambio 2026IGI 25%
- 5810.10.01Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.Cambio 2026IGI 25%
- 5810.91.01De algodón.IGI 10%
- 5810.92.01De fibras sintéticas o artificiales.IGI 10%
- 5810.99.01De las demás materias textiles.IGI 10%
- 5811.00.01Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.Cambio 2026IGI 25%
- 5802.10.01Crudos.Cambio 2026IGI 25%
- 5802.10.99Los demás.Cambio 2026IGI 25%
Reporte Pro
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Convierte la hipótesis en un caso documentado por producto y origen: IGI, contribuciones, RRNA, evidencia faltante y próximos pasos en un PDF.
Orientativo. No es clasificacion oficial ni dictamen aduanero.
Fuente: TIGIE oficial publicada por SNICE. Esta página es orientativa; la clasificación definitiva corresponde a tu agente aduanal y a la autoridad (SAT/ANAM).